Autonomía Interna

Autonomía Interna

Es la capacidad de un país para adoptar la modalidad política que estime más conveniente para la dirección, conducción y organización de la más humana integrante del Estado. En otras palabras, constituye el poder soberano del Estado, para hacer su voluntad en las diferentes acciones que emprende y en todos los campos que comprende la vida y desarrollo del Estado. 

El ejercicio de la autonomía interna del Estado. Peruano lo  regula nuestra Constitución en su Art° 44°, cuando establece, que dentro de nuestras fronteras se aplican las decisiones de nuestro gobierno y las normas del derecho peruano y sólo ellos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Más información en: Carpeta Pedagógica.